O B J E T I V O:
Conducir y coordinar que los procedimientos normativos para la ejecución y administración de las obras públicas y servicios relacionadas con las mismas, se lleven a cabo considerando la planeación, programación, presupuestación, adjudicación y contratación, a fin de que estas se encuentren debidamente documentadas y sustentadas de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, en materia de construcción, rehabilitación y ampliación.
F U N C I O N E S:
1. Dirigir las estrategias, acciones y actividades tendiente a que la planeación de las obras de infraestructura física cumpla con lo estipulado en las leyes, reglamentos y normas aplicables para el desarrollo y ejecución de las obras y servicios.
2. Proponer para la autorización del titular de la Dirección General, el anteproyecto del programa anual para el desarrollo de proyectos y construcción de las obras de infraestructura física en Salud, solicitados y encomendado a la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física.
3. Conducir las acciones para la integración de documentos técnicos y administrativos necesarios para la planeación y contratación de las obras de infraestructura.
4. Participar en coordinación con las áreas de la Dirección General y las Dependencias facultadas, en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto, para la elaboración de los programas anuales de inversión en materia de obra pública.
5. Participar en la asesoría a unidades administrativas, médicas y de apoyo órganos desconcentrados, servicios estatales de salud e institutos nacionales de salud, en la evaluación y ejecución de proyectos de obras de infraestructura de salud y de servicios, cuando así se requiera.
6. Proponer para autorización del DGAEP, proyectos de celebración de contratos de obra pública de infraestructura física en salud, derivado de las solicitudes efectuadas por el área requirente y/o necesidades detectadas por el área ejecutora durante el desarrollo de trabajos , para licitaciones públicas, nacionales e internacionales, invitación a cuando menos tres personas y asignación directa conforme a los montos de actuación emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando así se requiera.
7. Dictaminar con apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma y su Reglamento, los dictámenes técnicos para el desarrollo de licitaciones públicas nacionales e internacionales, invitación a cuando menos tres personas y asignaciones directas en sus dos modalidades, a fin de que los contratos que se celebren se encuentren debidamente fundados y sustentados.
8. Vigilar el desarrollo del Programa de Obras, autorizado a la Dirección General, así como el cumplimiento de sus metas, informándole al Comité de Obra Pública de la Secretaría de Salud de su comportamiento, así como, del avance físico- financiero de los contratos.
9. Coordinar las acciones para la evaluación de solicitudes de necesidades para la creación, ampliación y/o rehabilitación de la infraestructura física necesaria.
10. Conducir las acciones para que los proyectos ejecutivos cumplan con las especificaciones técnicas necesarias para la ejecución y mejoramiento de la infraestructura de salud.
11. Participar en coordinación con las áreas de la Dirección General y las Dependencias facultadas en los procesos de contratación cuando así lo requieran.
12. Vigilar que los procesos de Terminación y cierre de los contratos de obra pública se efectúen en apego y tiempos estipulados en la legislación aplicable.
13. Proponer a su superior jerárquico la designación de la Residencia de Obra o Servicio para la vigilancia y supervisión de la obra de infraestructura.
14. Vigilar, controlar y evaluar el desempeño de las responsabilidades encomendadas a las residencias, a efecto de que cumpla con sus funciones estipuladas en la norma.
15. Participar en recorridos de obra y reuniones semanales en cada frente de obra para fijar las directrices a realizar de acuerdo con la problemática y avance de la obra, para el cumplimiento del programa anual de obra.
16. Vigilar que el área responsable de la ejecución de los trabajos lleve a cabo los controles y protocolos para la administración de los trabajos de obra pública de la infraestructura de salud.
17. Coordinar y supervisar que el área responsable de la ejecución de los trabajos lleve a cabo durante y al cierre de la robra o servicio, la integración de los expedientes administrativos y técnicos de los contratos de obra pública asignados para su desarrollo.
18. Establecer y emitir los lineamientos que deberán cumplir las solicitudes del Certificado de Factibilidad enviadas por las unidades responsables solicitantes de la infraestructura física en salud.